Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 6 del 28 de enero de 2020

Edición: Alcance 6
Número: 4
Páginas: 12

Contenido:


Municipio de Pachuca, Hidalgo. – Decreto Municipal Número Treinta y Seis por el que se reforma el Decreto de Creación del Sistema de apertura Rápida de Empresas; se reforma el Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos; se reforma el Reglamento de Mejora Regulatoria; se reforma el Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal; se reforma el Reglamento de Protección Civil; y se reforma el Reglamento del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, todos de Pachuca de Soto, Hidalgo.

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE

PACHUCA DE SOTO, ESTADO DE HIDALGO.

HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL

MUNICIPIO DE PACHUCA DE SOTO, ESTADO DE HIDALGO.

 

La C. Yolanda Telleria Beltrán, en mi carácter de Presidenta Municipal de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo; a sus habitantes hace saber:

 

Con fundamento en los artículos 115  fracción IV de la Constitución  Política de los Estados Unidos Mexicanos; 115, 122, 123,138 y 141 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo; 69 fracción II, 70, 71 fracción I inciso a) y 72 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo; 7, 9 fracción II, 11 fracción III, 14, 74, 75, 76, 77, 95, 96, 97, 98, 99, 104, 105 fracción  IV, 110, 128, 130, 131 y 132 del Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo; 1, 2, 3, 6, 7, 9 fracciones II, VII, VIII, XIII, XIV, XVI, XIX, 10, 11 fracción II, 12, 13 inciso a) del Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento de Pachuca de Soto y demás relativos vigentes y aplicables que facultan a los Integrantes del Honorable Ayuntamiento para analizar, estudiar, discutir, resolver y dictaminar dicha solicitud, por lo cual los integrantes de esta Comisión exponen el siguiente Dictamen.

 

R E L A T O R I A

 

PRIMERO.- La C. Yolanda Tellería Beltrán, Presidenta Municipal de Pachuca de Soto, Hidalgo, le solicito al Mtro. Raúl Baños Tinoco, Secretario General del H. Ayuntamiento, la inclusión de un punto al orden del día para ser considerado dentro de la Cuadragésima Segunda Sesión Extraordinaria Pública del H. Ayuntamiento de Pachuca de Soto, con el tema, “Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se Reforma el Decreto de Creación del Sistema de Apertura Rápida de Empresas; se Reforma el Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos; se Reforma el Reglamento de Mejora Regulatoria; se Reforma el Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal; se Reforma el Reglamento de Protección Civil; y se Reforma el Reglamento del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, todos de Pachuca de Soto, Hidalgo”.

 

SEGUNDO.- El Mtro. Raúl Baños Tinoco, Secretario General Municipal, propone en la Cuadragésima Segunda Sesión Extraordinaria Pública que dicha solicitud sea turnada a la Comisión Permanente de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares, para su estudio, análisis y la elaboración del dictamen correspondiente.

 

TERCERO.- Durante el desarrollo de la Cuadragésima Segunda Sesión Extraordinaria Pública, se aprueba por parte del H. Ayuntamiento de Pachuca de Soto, se envié la solicitud de la C. Yolanda Telleria Beltrán, Presidenta Municipal de Pachuca de Soto, Hidalgo, a la Comisión Permanente de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares, del Honorable Ayuntamiento de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo.

 

CUARTO.- Una vez turnada la solicitud respectiva la Comisión en comento, procedió a estudiar, analizar y discutir la iniciativa planteada, dentro de la Cuadragésima Sesión de esta Comisión Permanente de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares, del Honorable Ayuntamiento de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo; consistente de la siguiente forma:

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

El pasado 9 de diciembre de 2019 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el Decreto Municipal Número Treinta, que contiene las reformas, adiciones y derogaciones al Decreto de creación del Sistema de Apertura Rápida de Empresas; al Reglamento para el funcionamiento de Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos; al Reglamento de Mejora Regulatoria; al Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal; al Reglamento de Protección Civil, y al Reglamento del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, por medio del cual hicimos profundas reformas a nuestro Sistema de Apertura Rápida de Empresas y aprobamos tres categorías para clasificar los riesgos de las actividades económicas a partir del Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte.

 

Al aprobar la Ley de Ingresos para el Municipio de Pachuca de Soto para el ejercicio fiscal 2020, el Congreso del Estado consideró conveniente mantener el régimen de dos categorías para clasificar los giros de los establecimientos mercantiles en nuestro Municipio, siguiendo el esquema de giros ordinarios y especiales que estuvo vigente durante muchos años.

 

Para armonizar las disposiciones municipales con la Ley de Ingresos en esta materia se propone mediante esta iniciativa reformar los ordenamientos que fueron modificados mediante el Decreto ya mencionado, con el objeto de usar las categorías aprobadas por el Congreso del Estado sin que esto modifique sustancialmente la regulación del régimen de Licencias de Funcionamiento en nuestro Municipio.

 

De esta forma, la iniciativa busca equiparar la categoría vigente denominada “bajo riesgo” con la de “giro ordinario”, y las de “mediano y alto riesgo” con la de “giro especial”, conservando en todos los casos los requisitos específicos contemplados en el Catálogo Municipal de Actividades Económicas aprobado por el Ayuntamiento.

 

Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos poner a la consideración de este Ayuntamiento la presente “Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se Reforma el Decreto de Creación del Sistema de Apertura Rápida de Empresas; se Reforma el Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos; se Reforma el Reglamento de Mejora Regulatoria; se Reforma el Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal; se Reforma el Reglamento de Protección Civil; y se Reforma el Reglamento del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, todos de Pachuca de Soto, Hidalgo”, para quedar como sigue:

 

DECRETO MUNICIPAL NUMERO TREINTA Y SEIS

 DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL DECRETO DE CREACIÓN DEL SISTEMA DE APERTURA RÁPIDA DE EMPRESAS; SE REFORMA EL REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS; SE REFORMA EL REGLAMENTO DE MEJORA REGULATORIA; SE REFORMA EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL; SE REFORMA EL REGLAMENTO DE PROTECCIÓN CIVIL; Y SE REFORMA EL REGLAMENTO DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE, TODOS DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO”.

 

APARTADO PRIMERO. Se reforma el Decreto de Creación del Sistema de Apertura Rápida de Empresas del Municipio de Pachuca de Soto, para quedar como sigue:

 

Artículo 5. …                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                          

 

 

  1. a) a la c) …

 

  1. d) Resolver las Solicitudes relacionadas con giros ordinarios;

 

  1. e) Integrar los expedientes y ponerlos a la consideración del titular de la Dirección para su autorización en el caso de giros especiales; y

 

  1. f) …

 

 

  1. a) Expedir a través del Sistema las Licencias para el funcionamiento de establecimientos mercantiles con giros especiales;

 

  1. b) …

 

  1. c) Se deroga;

 

  1. d) y e) …

 

Artículo 8. Los establecimientos mercantiles cuyo giro principal esté considerado como ordinario conforme al Catálogo, podrán iniciar actividades a partir de la presentación de su Solicitud, siempre que la actividad sea permitida o condicionada según el uso de suelo del predio de que se trate, que el inmueble en el que se pretenda operar no supere los ciento veinte metros cuadrados de superficie y se encuentre al corriente en el pago del Impuesto Predial, que ya esté construido y cuente con servicios de agua potable, drenaje y energía eléctrica.

 

 

 

 

 

Artículo 8 A. Los cambios de giro, tratándose de giros ordinarios, surtirán efectos a partir de la presentación de la Solicitud respectiva; los cambios de giro para actividades especiales o la ampliación de actividades para otros giros cualquiera que sea su clasificación, se sujetarán a lo dispuesto por los Artículos siguientes.

 

Artículo 8 B. El interesado en obtener Licencia para el funcionamiento de un establecimiento mercantil cuyo giro sea ordinario y la superficie del inmueble superior a ciento veinte metros cuadrados, o el giro esté clasificado como de especial conforme al Catálogo, deberá presentar su Solicitud acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos:

 

  1. a la X. …

 

 

Artículo 8 D. Dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la integración del expediente con las constancias a que se refiere el Artículo anterior, el Departamento turnará el expediente y proyecto de Licencia para su autorización al titular de la Dirección en tratándose de giros especiales, quien resolverá la solicitud dentro de los cinco días hábiles siguientes; si la Dirección no resuelve la solicitud dentro del plazo mencionado se entenderá denegada.

 

  1. Se deroga.

 

  1. Se deroga.

 

Artículo 8 F. Las Licencias deberán contener lo siguiente:

 

  1. a la III. …

 

  1. Las condiciones específicas aplicables en el caso de giros especiales;

 

  1. a la VIII. …

 

CAPÍTULO III

DEL CATÁLOGO MUNICIPAL DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

 

Artículo 16. El Catálogo Municipal de Actividades Económicas clasificará las actividades económicas considerando sus riesgos en materia de protección civil, ambientales, de ordenamiento territorial y servicios públicos como:

 

  1. Ordinarios, que son aquellos giros que realizan actividades económicas de bajo riesgo y pueden iniciar operaciones a partir de la presentación de la Solicitud en los términos del artículo 8; y

 

  1. Especiales, que son aquellos giros cuyo funcionamiento puede causar riesgos para la seguridad, el medio ambiente, el desarrollo urbano o la prestación de los servicios públicos, y para los cuales se requiere presentar Solicitud en los términos del artículo 8 B.

El Catálogo se actualizará cada cuatro años, conforme a las modificaciones que hayan registrado el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte o el Programa Municipal de Desarrollo Urbano.

 

Artículo 18. El Catálogo deberá contener:

 

  1. a la II. …

 

III. La clasificación del giro y los requisitos específicos exigibles a los interesados en obtener Licencia para su operación.

 

  1. Se deroga.

 

APARTADO SEGUNDO. Se reforma el Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos de Pachuca de Soto, Hidalgo, para quedar como sigue:

 

Artículo 158. …

 

  1. a la IV. …

 

TABULADOR DE MULTAS POR INFRACCIONES AL REGLAMENTO DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

 

ARTICULO FRACCION TEXTO MÍNIMA MAXIMO
4 I 5 500
4 II 5 300
4 III 5 300
4 IV 5 500
4 V 50 300
4 VI 10 950
4 VIII 5 950
4 IX 150 2000
4 X 5 100
4 XI 100 2000
4 XII 50 500
4 XIII 5 250
4 XV Contar con un Programa Interno de Protección Civil, para el caso de giros de especiales. 10 250
4 XVI 50 250
4 XVIII 50 100
4 XIX 50 300
4 XX 5 250
4 XXI 5 100
4 XXII 100 500
4 XXIII 5 500
4 XXV 5 100
4 XXVI 50 500
4 XXVII 50 200
4 XXVIII 5 200
5 II 5 2000
5 III 5 200
5 IV 100 2000
5 V 50 150
5 VI 100 2000
5 VII 100 2000
5 XII 5 500
5 XIII 5 500
5 XIV 100 2000
5 XV 100 1500
5 XVIII 5 500
5 XIX 100 2000
5 XX 100 700
5 XXI 200 950
5 XXII 50 2000
5 XXIII 100 2000
5 XXIV 100 2000
5 XXV 50 250
5 XXVII 10 200
5 XXVIII 100 2000
5 XXIX 5 2000
11 I 10 100
11 II 5 100
11 III 10 100
14 I 5 300
14 II 5 300
14 III 5 100
14 IV 5 250
14 V 5 450
14 VI 5 200
14 IX 50 750
14 X 5 250
14 XI 5 50
14 XII 10 200
14 XIII 5 50
14 XIV 5 100
17   50 300
17 Bis   100 300
17 Ter   100 300
17 Quáter   100 300
18 Bis   10 300
20 I 5 100
20 III 5 100
21 Párrafo segundo 100 1500
21 II 5 100
24 I 5 350
24 II 5 200
24 III 5 150
24 IV 5 350
24 V 5 75
26   5 150
27   5 150
30   5 300
35   5 150
36 I 5 90
36 III 5 90
39 II 100 500
39 III 50 500
39 V 100 1500
39 VII 100 2000
39 VIII 100 2000
44   5 500
45   5 950
47 I 5 500
47 II 100 500
47 III 10 500
48   5 700
49   100 750
85   5 750
94   200 800
100 I 5 1500
100 II 500 1000
100 III 500 1000
100 IV 500 1000
100 V 5 1800
100 VII 5 500
100 VIII 5 950
102 I 100 750
102 II 100 500
102 IV 100 750
102 V 100 750
103   100 2000
104   5 2000
110   5 500
112   150 1000
114   100 500
128   500 1500
134   5 350
140   5 1800

 

APARTADO TERCERO. Se reforma el Reglamento de Mejora Regulatoria de Pachuca de Soto, Hidalgo, para quedar como sigue:

 

Artículo 37 A. …

 

Cuando los interesados acudan a módulos u oficinas de la Presidencia Municipal para realizar un trámite, el personal de las Dependencias gestionará el mismo a través del Sistema.

 

 

 

 

APARTADO CUARTO. Se reforma el Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal de Pachuca de Soto, Hidalgo, para quedar como sigue:

 

Artículo 93. …

 

  1. a la XVII. …

 

XVIII. Autorizar las Licencias de funcionamiento para los establecimientos mercantiles que operen giros especiales;”

 

APARTADO QUINTO. Se reforma el Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo, para quedar como sigue:

 

Artículo 25. Los establecimientos mercantiles cuyos giros sean especiales conforme al Catálogo Municipal de Actividades Económicas deberán contar con Programa Interno de Protección Civil elaborado en los términos del Reglamento de la Ley General de Protección Civil.

 

Artículo 27. Es obligación de los titulares de las Licencias para el funcionamiento de los establecimientos que operen giros especiales la capacitación de su personal en materia de protección civil, y de implementar la Unidad Interna de Protección Civil, para que atienda las demandas propias en materia de prevención y atención de riesgos.”

 

APARTADO SEXTO. Se reforma el Reglamento del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

 

Artículo 10 A. …

 

En todo caso, el Catálogo Municipal de Actividades Económicas contemplará la obligación de presentar la Manifestación a que se refiere el párrafo anterior para los interesados en obtener Licencia de funcionamiento respecto de giros especiales que no sean competencia de autoridades federales o estatales.”

 

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

 

PRIMERA. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

 

SEGUNDA. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Reglamento.

 

TERCERA. Los giros considerados como de mediano y alto riesgo en el Catálogo Municipal de Actividades Económicas se considerarán especiales y el resto ordinarios.

 

Una vez, discutida y analizada la propuesta presentada, los integrantes de estas Comisiones, llegan a los siguientes:

 

A C U E R D O S

 

PRIMERO.- La Comisión Permanente de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares, del Honorable Ayuntamiento de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo, es competente para recibir, analizar, estudiar y dictaminar referente al asunto enviado por la C. Yolanda Telleria Beltrán, Presidenta Municipal de Pachuca de Soto, Hidalgo, con el tema “Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se Reforma el Decreto de Creación del Sistema de Apertura Rápida de Empresas; se Reforma el Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos; se Reforma el Reglamento de Mejora Regulatoria; se Reforma el Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal; se Reforma el Reglamento de Protección Civil; y se Reforma el Reglamento del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, todos de Pachuca de Soto, Hidalgo”.

 

SEGUNDO.- Se aprueba por unanimidad de votos, la propuesta presentada por la C. Yolanda Telleria Beltrán, Presidenta Municipal de Pachuca de Soto, Hidalgo, consistente en la “Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se Reforma el Decreto de Creación del Sistema de Apertura Rápida de Empresas; se Reforma el Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos; se Reforma el Reglamento de Mejora Regulatoria; se Reforma el Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal; se Reforma el Reglamento de Protección Civil; y se Reforma el Reglamento del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, todos de Pachuca de Soto, Hidalgo”.

 

TECERO.- Se somete a la consideración del Honorable Ayuntamiento de Pachuca de Soto el presente Dictamen, por lo que en caso de ser aprobado, remítase a la Secretaria de Contraloría Municipal para su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo y en la Página de Internet Oficial del Municipio de Pachuca de Soto.

 

CUARTO.- El Presente decreto entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

Dado en el Salón de Sesiones de la Presidencia Municipal de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo, en la Octogésima Sesión Ordinaria Pública a 16 días del mes de enero del año dos mil veinte.

 

C. ALEJANDRO MORENO

ABUD

SÍNDICO PROCURADOR

RÚBRICA

C. FRANCISCO CARREÑO

ROMERO

SÍNDICO PROCURADOR

RÚBRICA

REGIDORES

 

 

C. DIANA LORENA SALINA SILVA

RÚBRICA

 

 

 

 

 

C. JOSÉ LUIS ZÚÑIGA HERRERA

RÚBRICA

C. RUTH GUADALUPE GARCIA CORDERO

RÚBRICA

C. NOÉ ALVARADO ZÚÑIGA

RÚBRICA

 

 

C. MARLEEN ALEJANDRA MONTAÑO

JUÁREZ

RÚBRICA

 

 

C. YUSEB YONG GARCÍA

SÁNCHEZ

RÚBRICA

 

 

C. AURORA MOHEDANO

ROMERO

RÚBRICA

 

 

C. RUTH LEÓN CRUZ

RÚBRICA

 

 

C. FERNANDO FLORES PÉREZ

RÚBRICA

 

 

C. JORGE ORTEGA MOREL

RÚBRICA

 

 

C. GLORIA ISABEL VITE CRUZ

RÚBRICA

 

 

C. GÉNESIS MARCELA VÁZQUEZ                                                          GONZÁLEZ

RÚBRICA

 

 

C. RAFAEL ADRIÁN MUÑOZ

HERNÁNDEZ

RÚBRICA

 

 

C. LILIANA VERDE NERI

RÚBRICA

 

C. JUAN ORTEGA GONZÁLEZ

RÚBRICA

 

C. OCTAVIO CASTILLO ACOSTA

RÚBRICA

 

 

C. NIDIA ANALY CHÁVEZ CERÓN

RÚBRICA

 

 

C. NAVOR ALBERTO ROJAS MANCERA

RÚBRICA

 

 

  1. JAIME HORACIO MEDINA LUGO

RÚBRICA

 

 

En uso de las facultades que me confiere el Artículo 144, fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo y el Artículo 60, fracción I inciso a), de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo; tengo a bien ordenar la promulgación y publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo del presente Decreto, para su debido cumplimiento.

 

LA PRESIDENTA DEL H. AYUNTAMIENTO

 

  1. YOLANDA TELLERÍA BELTRÁN

RÚBRICA

 

 

Con fundamento y en uso de las facultades que me son conferidas por lo dispuesto en la fracción V del artículo 98 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, tengo a bien refrendar el presente Decreto.

 

EL SECRETARIO GENERAL MUNICIPAL

 

  1. RAÚL BAÑOS TINOCO

RÚBRICA

 

 

Derechos Enterados. 27-01-2020

 


Periódico Oficial Alcance 6 del 28 de enero de 2020

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